Tarifa 6.xTD
Diseñada para grandes consumos.
Una tarifa diseñada para los grandes consumos de tu empresa o industria.
Una tarifa diseñada para los grandes consumos de tu empresa o industria.
Modalidades fija o indexada
Paga lo mismo por tu consumo durante un año o bien paga el precio del mercado para la energía que consumas.
Sin costes adicionales
Sabes exactamente lo que vas a pagar en cada una de tus facturas, no hay sopresas con servicios que no utilizas.

Preguntas Frecuentes
Y si aún quedan dudas, escríbenos sin compromiso
La tarifa 6.xTD es para suministros en Alta Tensión con una tensión de suministro entre 1 kV y 30 kV. Se puede contratar cualquier potencia, siempre y cuando tengamos disponibilidad por acometida y CIE (Certificado de Instalación Eléctrica o boletín).
La tarifa 6.xTD tiene 6 periodos horarios que se organizan en temporadas (alta, media alta, media y baja) definidas para los 12 meses del año (lo puedes ver en los gráficos de los horarios). Por lo tanto, según el mes o los meses que incluya el periodo facturado, se incluirán esos periodos horarios para la facturación de energía y excesos de potencia (si se produjesen).
La potencia a facturar será siempre de los 6 periodos, tal y como está establecido en la Ciruclar 3/2020 publicada por la CNMC.
Podemos contratar la misma potencia en todos los periodos, pero no es un requisito indispensable. Se pueden contratar diferentes potencias, aunque siempre deberán seguir un orden igual o ascendente de manera que, si no contratamos misma potencia en todos los periodos, P6 siempre será la más alta:
P1 ≤ P2 ≤ P3 ≤ P4 ≤ P5 ≤ P6
En las tarifas 6.xTD, si superamos la potencia contratada, se pueden dar dos circunstancias:
– En suministros con potencias hasta 15 kW y que no estén catalogadas como “no interrumpibles”, el ICP del contador realizará corte del suministro y será necesario rearmarlo.
– En suministros con potencia superior a 15 kW se facturarán excesos de potencia, de la siguiente manera.
· Para suministros con potencia contratada hasta 50 kW (incluidos), se facturarán excesos por maxímetro. Es decir, se calcularán en función de la potencia máxima consumida en el periodo facturado.
· Para suministros con potencia superior a 50 kW, se facturarán excesos cuarto horarios. Es decir, se contabilizará cada cuarto de hora que se exceda la potencia contratada para el cálculo.
Si se sobrepasan las potencias contratadas en muchos cuartos de hora al mes, los excesos de potencia serán más económicos con el primer método de cálculo y viceversa.